SUBVENCIONES PARA LA MODERNIZACIÓN, MEJORA, ADAPTACIÓN Y DIGITALIZACIÓN DEL SECTOR ECONÓMICO Y COMERCIAL

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    HASTA 5.000 € PARA WEB, COMERCIO ELECTRÓNICO Y MARKETING DIGITAL

    Es hora de darle un impulso a tu negocio o actividad, con este objetivo el concello de Pontevedra abre la solicitud de ayudas para la innovación, modernización y reactivación del sector económico, comercial y empresarial del Ayuntamiento de Pontevedra, con la finalidad de paliar las consecuencias de la crisis provocada por la COVID-19.

    Pymes, autónomos, autónomos societarios, profesionales colegiados, sociedades cooperativas galegas, sociedades laborais, empresas de inserción y centros especiales de empleo.

    ¿CUÁNTO ME SUBVENCIONAN?

    La inversión subvencionable, podrá alcanzar los 5.000 euros de importe subvencionado sobre el 70% de la inversión a realizar.

    HASTA 5.000 € PARA WEB, COMERCIO ELECTRÓNICO Y MARKETING DIGITAL

    Es hora de darle un impulso a tu negocio o actividad, con este objetivo el concello de Pontevedra abre la solicitud de ayudas para la innovación, modernización y reactivación del sector económico, comercial y empresarial del Ayuntamiento de Pontevedra, con la finalidad de paliar las consecuencias de la crisis provocada por la COVID-19.

    Pymes, autónomos, autónomos societarios, profesionales colegiados, sociedades cooperativas galegas, sociedades laborais, empresas de inserción y centros especiales de empleo.

    ¿CUÁNTO ME SUBVENCIONAN?

    La inversión subvencionable, podrá alcanzar los 5.000 euros de importe subvencionado sobre el 70% de la inversión a realizar.

    FINALIDAD

    Financiar inversiones dirigidas a la modernización, mejora, adaptación y digitalización del sector económico del Concello de Pontevedra.

    BENEFICIARIOS

    Pymes, sociedades cooperativas gallegas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo (menores de 50 trabajadores) con un volumen de negocio anual inferior a los 10 millones de euros.

    Personas emprendedoras de alta en el régimen de autónomos u otro régimen especial.

    Con domicilio social y fiscal en el Concello de Pontevedra, desarrollando su actividad económica en un local, establecimiento o centro de trabajo abierto al público en el Concello de Pontevedra.

    ACTUACIONES DIGITALES SUBVENCIONADAS

    Gastos de digitalización y de implementación de tecnologías digitales:

    · Creación y desarrollo de páginas web y/o tiendas de comercio online.

    · Creación y desarrollo de la imagen corporativa.

    · Gastos destinados a la renovación, embellecimiento y ornato de los locales.

    Además de otros gastos necesarios para la mejora de tu actividad que puedes consultar con nuestros asesores digitales.

    ALCANCE DE LA AYUDA

    La cuantía de la subvención será de hasta un 70% del presupuesto aceptado con un máximo de 5.000 euros.

    TIPO DE AYUDA

    Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia competitiva. Esta ayuda se acoge al régimen de ayudas de minimis.

    PRESENTACIÓN

    Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de formulario en sede electrónica .

    Plazo hasta el 01/10/2021

    FINALIDAD

    Financiar inversiones dirigidas a la modernización, mejora, adaptación y digitalización del sector económico del Concello de Pontevedra.

    BENEFICIARIOS

    Pymes, sociedades cooperativas gallegas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo (menores de 50 trabajadores) con un volumen de negocio anual inferior a los 10 millones de euros.

    Personas emprendedoras de alta en el régimen de autónomos u otro régimen especial.

    Con domicilio social y fiscal en el Concello de Pontevedra, desarrollando su actividad económica en un local, establecimiento o centro de trabajo abierto al público en el Concello de Pontevedra.

    ACTUACIONES DIGITALES SUBVENCIONADAS

    Gastos de digitalización y de implementación de tecnologías digitales:

    · Creación y desarrollo de páginas web y/o tiendas de comercio online.

    · Creación y desarrollo de la imagen corporativa.

    · Gastos destinados a la renovación, embellecimiento y ornato de los locales.

    Además de otros gastos necesarios para la mejora de tu actividad que puedes consultar con nuestros asesores digitales.

    ALCANCE DE LA AYUDA

    La cuantía de la subvención será de hasta un 70% del presupuesto aceptado con un máximo de 5.000 euros.

    TIPO DE AYUDA

    Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia competitiva. Esta ayuda se acoge al régimen de ayudas de minimis.

    PRESENTACIÓN

    Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de formulario en sede electrónica .

    Plazo hasta el 01/10/2021

    ¿TIENES DUDAS?

    Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden:

    1. Pequeñas y medianas empresas (PYMES) que empleen a menos de 50 personas y con un volumen de negocios anual que no superen los diez millones de euros, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.
    2. Las siguientes entidades de la economía social que ocupen a menos de 50 personas y con un volumen de negocios anual que no superen los diez millones de euros: sociedades cooperativas gallegas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo. Estas entidades deben cumplir con la definición de microempresa establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.
    3. Personas emprendedoras que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional, que cumplan los requisitos de empleados/las y facturación señalado para los apartados anteriores.
    • Gastos de digitalización y de implementación de tecnologías digitales: adquisición de equipamientos para procesos informáticos, adquisición de ordenadores y demás conjuntos electrónicos de comunicaciones y de procesos de datos, adquisición de hardwares y/o aplicaciones informáticas para la mejora y modernización de la gestión comercial, hosting y servicios web, dominio en internet y otros gastos semejantes.
    • Gastos destinados a la renovación, embellecimiento y ornato de los locales, establecimientos o centros de trabajo en los que se ejerza la actividad económica, comercial o profesional; se incluirán en este apartado las obras e inversiones para el acondicionamiento de escaparates, renovación y mejora de la rotulación y señalítica, obras para el embellecimiento y ornato de fachadas, inversiones y adquisición de equipamientos para la mejora de la imagen comercial.

    Resto de Actuaciones

    • Gastos destinados la obras o actuaciones para la mejora en la accesibilidad exterior e interior de los locales, establecimientos o centros de trabajo en los que se ejerza la actividad económica, comercial o profesional, tales como las obras de mejora de acceso a los locales, obras para la mejora de la accesibilidad interior, acondicionamiento acústico, adaptación de aseos y otras actuaciones y gastos que tengan por finalidad hacer más comprensibles, utilizables y practicables los establecimientos.
    • Gastos destinados la actuaciones y obras para la reducción del consumo de energía y mejora de la eficiencia energética. Podrán incluirse en esta categoría los gastos en obras e inversiones para la mejora de la eficiencia energética de los sistemas de climatización, electricidad, iluminación y adaptación al reciclaje.
    • Otros gastos necesarios para la mejora de la actividad: entrarán en esta categoría los gastos por la adquisición de mobiliario, por cierres de protección de escaparates o por la adquisición de maquinaria destinada al funcionamiento operativo de los locales o negocios que no entre en las anteriores categorías.
    • Gastos destinados a la adquisición de vehículos comerciales destinados a la actividad económica y/o profesional de las entidades o personas beneficiarias.

    Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, a través de la sede electrónica del Concello de Pontevedra, https://sede.pontevedra.gal/

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    Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden:

    1. Pequeñas y medianas empresas (PYMES) que empleen a menos de 50 personas y con un volumen de negocios anual que no superen los diez millones de euros, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.
    2. Las siguientes entidades de la economía social que ocupen a menos de 50 personas y con un volumen de negocios anual que no superen los diez millones de euros: sociedades cooperativas gallegas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo. Estas entidades deben cumplir con la definición de microempresa establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.
    3. Personas emprendedoras que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional, que cumplan los requisitos de empleados/las y facturación señalado para los apartados anteriores.
    • Gastos de digitalización y de implementación de tecnologías digitales: adquisición de equipamientos para procesos informáticos, adquisición de ordenadores y demás conjuntos electrónicos de comunicaciones y de procesos de datos, adquisición de hardwares y/o aplicaciones informáticas para la mejora y modernización de la gestión comercial, hosting y servicios web, dominio en internet y otros gastos semejantes.
    • Gastos destinados a la renovación, embellecimiento y ornato de los locales, establecimientos o centros de trabajo en los que se ejerza la actividad económica, comercial o profesional; se incluirán en este apartado las obras e inversiones para el acondicionamiento de escaparates, renovación y mejora de la rotulación y señalítica, obras para el embellecimiento y ornato de fachadas, inversiones y adquisición de equipamientos para la mejora de la imagen comercial.

    Resto de Actuaciones

    • Gastos destinados la obras o actuaciones para la mejora en la accesibilidad exterior e interior de los locales, establecimientos o centros de trabajo en los que se ejerza la actividad económica, comercial o profesional, tales como las obras de mejora de acceso a los locales, obras para la mejora de la accesibilidad interior, acondicionamiento acústico, adaptación de aseos y otras actuaciones y gastos que tengan por finalidad hacer más comprensibles, utilizables y practicables los establecimientos.
    • Gastos destinados la actuaciones y obras para la reducción del consumo de energía y mejora de la eficiencia energética. Podrán incluirse en esta categoría los gastos en obras e inversiones para la mejora de la eficiencia energética de los sistemas de climatización, electricidad, iluminación y adaptación al reciclaje.
    • Otros gastos necesarios para la mejora de la actividad: entrarán en esta categoría los gastos por la adquisición de mobiliario, por cierres de protección de escaparates o por la adquisición de maquinaria destinada al funcionamiento operativo de los locales o negocios que no entre en las anteriores categorías.
    • Gastos destinados a la adquisición de vehículos comerciales destinados a la actividad económica y/o profesional de las entidades o personas beneficiarias.

    Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, a través de la sede electrónica del Concello de Pontevedra.

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